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Contrato de alquiler de vivienda habitual — Plantilla Word & PDF
Arrendamiento de vivienda habitual conforme a la LAU. Duración de cinco o siete años, prórroga tácita y las prórrogas extraordinarias que puede pedir el inquilino; límites de renta en zona tensionada; sin pacto expreso no hay actualización y el techo es siempre el IPC; fianza de una mensualidad, tanteo, desistimiento y subrogación.
- Descarga inmediata tras el pago
- Sin registro — compra como invitado
- Editable en Word, Google Docs y LibreOffice
- IVA incluido en el precio
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Esta plantilla formaliza el arrendamiento de una vivienda como residencia habitual del inquilino. Recoge el régimen imperativo de la Ley de Arrendamientos Urbanos — duración, prórrogas, fianza, límites de renta en zona tensionada — y deja escritas las decisiones que la ley remite a las partes, señalando en cada caso qué ocurre si no se marca nada.
¿Para quién es esta plantilla?
Está dirigida a arrendadores particulares y personas jurídicas que alquilan una vivienda para uso habitual del inquilino, y a arrendatarios que quieren un contrato completo y con las opciones legales explicadas.
¿Qué incluye la plantilla?
El contrato está organizado en catorce cláusulas:
- Partes contratantes, vivienda y destino — datos de ambas partes, dirección, referencia catastral, superficie, inscripción registral, anejos y certificado de eficiencia energética, que se entrega al inquilino; uso exclusivo como vivienda habitual y prohibición expresa del uso turístico.
- Duración y prórrogas — mínimo de cinco años si el arrendador es persona física y siete si es jurídica, prórroga tácita de hasta tres años más con preavisos de cuatro y dos meses, y las prórrogas extraordinarias que el inquilino puede pedir después por vulnerabilidad acreditada o por estar la vivienda en zona de mercado residencial tensionado. Recoge la recuperación de la vivienda por el arrendador persona física, que solo cabe si esa necesidad se hizo constar en el contrato al celebrarlo — hay casilla.
- Renta y forma de pago — importe, pago en los siete primeros días por medios electrónicos, prohibición de exigir más de una mensualidad anticipada y derecho a recibo desglosado. En zona tensionada, límite a la última renta vigente en los cinco años anteriores, con los supuestos tasados que permiten un 10 % adicional y el sistema de índices de precios de referencia si el arrendador es gran tenedor.
- Actualización de la renta — sin pacto expreso no hay actualización, y dejar la casilla sin marcar congela la renta. Pactada, solo cabe al cumplirse cada anualidad; a falta de índice se aplica la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad, y en todo caso el incremento no puede exceder de la variación del IPC, techo indisponible para las partes.
- Fianza legal y garantías adicionales — una mensualidad obligatoria, no sustituible, con depósito autonómico donde se exija; sin actualización durante los cinco o siete primeros años y ajustable en las prórrogas; devolución en un mes desde la entrega de llaves con interés legal si se retrasa. Las garantías adicionales no pueden exceder de dos mensualidades.
- Gastos generales e impuestos — para trasladar los gastos al inquilino no basta con pactarlo: hay que consignar el importe anual a la fecha del contrato, y la plantilla lo advierte y da el campo. Incluye el límite de incremento, el reparto de IBI y tasa de basuras y la aclaración de que el arrendamiento de vivienda habitual está exento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, de modo que no hay nada que autoliquidar.
- Conservación, obras, cesión y subarriendo — reparaciones del arrendador sin subir la renta, pequeñas reparaciones al inquilino, obras no consentidas y obras de adaptación por discapacidad o edad, que no requieren consentimiento pero sí notificación escrita; cesión con consentimiento escrito y subarriendo solo parcial, pues el de la vivienda entera no cabe aunque el arrendador lo consienta.
- Derecho de adquisición preferente — tanteo de treinta días naturales desde la notificación fehaciente, con efectos que caducan a los ciento ochenta, y retracto que no corre hasta que el adquirente notifica con copia de la escritura. La renuncia puede pactarse cualquiera que sea la duración del contrato, y a cambio el arrendador debe avisar de su intención de vender con treinta días de antelación.
- Desistimiento y resolución — desistimiento posible pasados seis meses con treinta días de preaviso, con casillas para pactar o no la indemnización de una mensualidad por año que reste; causas de resolución de cada parte, con la advertencia de que la resolución por impago la declara el juez, de que para impedir la enervación hay que requerir de pago por medio fehaciente treinta días antes de la demanda, y de que solo si el arrendamiento se eleva a escritura y se inscribe cabe pactar la resolución de pleno derecho.
- Subrogación por fallecimiento — quiénes pueden subrogarse al fallecer el inquilino y en qué orden, con el plazo de tres meses para notificarlo con certificado de defunción: sin esa notificación el arrendamiento se extingue y quienes podían suceder responden solidariamente de esas tres mensualidades.
- Condiciones particulares, ley aplicable y firmas — incluye el control de las condiciones generales cuando el arrendador es un profesional o un gran tenedor que presenta un contrato ya redactado.
Fácil de adaptar a tus necesidades
La plantilla incluye casillas de verificación y campos editables que funcionan en Microsoft Word, Google Docs y LibreOffice. Presta atención a las casillas que tienen consecuencia por defecto: la de actualización de renta y la de necesidad de ocupar la vivienda no admiten marcarse después.
Formato y extensión
Disponible para descargar como archivo Word (.docx) y en formato PDF. 6 páginas, tamaño A4.