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Laboral

Contrato temporal por circunstancias de la producción — Modelo editable

Plantilla de contrato de trabajo temporal por circunstancias de la producción. Incluye la causa habilitante que debe describirse con precisión, la duración máxima de seis meses, los supuestos en que el trabajador pasa a ser fijo, jornada, retribución y la indemnización de doce días por año a la finalización.

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Categoría: Laboral

Esta plantilla de contrato de trabajo temporal por circunstancias de la producción formaliza una relación laboral de duración determinada para atender incrementos ocasionales e imprevisibles de la actividad o situaciones ocasionales previsibles de duración reducida, conforme al Estatuto de los Trabajadores (ET).

¿Para quién es esta plantilla?

Pensada para empresas, autónomos y pequeños empresarios que necesitan contratar personal temporalmente por un pico de producción, una oscilación de la demanda o una situación ocasional previsible, y quieren documentar correctamente la causa habilitante.

¿Qué incluye la plantilla?

El contrato se estructura en las siguientes secciones:

  • Partes contratantes — datos del empleador (razón social, CIF y código de cuenta de cotización, domicilio, representante) y del trabajador (nombre, fecha de nacimiento y nacionalidad, DNI/NIE y número de afiliación, domicilio y contacto).
  • Causa de temporalidad — casillas para el incremento ocasional e imprevisible de la actividad, la situación ocasional previsible de duración reducida (máximo noventa días al año natural, ciento veinte en el sector agrario o agroalimentario, no continuados) y la cobertura de campañas de corta duración con el límite de ciento veinte jornadas reales. La causa debe especificarse con precisión, con las circunstancias concretas y su conexión con la duración prevista: si el campo queda genérico, la temporalidad no se entiende justificada y el trabajador adquiere la condición de fijo. Se advierte además de que no puede identificarse como causa la realización de trabajos en contratas o concesiones que sean la actividad ordinaria de la empresa.
  • Duración del contrato — máximo de seis meses, ampliable hasta un año solo por convenio colectivo sectorial, con una única prórroga posible dentro de ese máximo. Incluye los cuatro supuestos en que el trabajador adquiere la condición de fijo —incumplimiento de las reglas de causa y duración, falta de alta en la Seguridad Social pasado un plazo igual al posible período de prueba, más de dieciocho meses contratado en veinticuatro por esta causa, y más de dieciocho meses en veinticuatro de ocupación del puesto aunque por personas distintas— con un campo para ambos cómputos y el documento justificativo que la empresa debe entregar en diez días.
  • Periodo de prueba — debe pactarse por escrito o no existe: cuando el contrato se concierta por tiempo no superior a seis meses, no puede exceder de un mes salvo que el convenio disponga otra cosa, y una casilla única recoge las demás duraciones máximas.
  • Puesto, funciones, centro de trabajo y jornada — grupo, categoría, puesto y descripción de funciones, que deben guardar relación con la causa de temporalidad; dirección del centro; jornada completa o parcial y distribución horaria, con la jornada máxima de 40 horas semanales, los descansos, el límite de ochenta horas extraordinarias al año y el registro diario de jornada conservado cuatro años.
  • Retribución — salario bruto anual y día de pago, pagas (12 o 14), complementos salariales y garantía del SMI.
  • Vacaciones y permisos — 30 días naturales proporcionales al tiempo trabajado, compensados en el finiquito si no se disfrutan, y los permisos retribuidos de uso más frecuente con su duración.
  • Convenio colectivo aplicable — el contrato está redactado para funcionar sin convenio: casilla y campo para identificarlo; si no se identifica, rigen las cifras escritas en él. Solo un convenio sectorial puede ampliar la duración máxima más allá de seis meses.
  • Seguridad Social, prevención de riesgos y datos personales — afiliación y alta, la advertencia de que un alta fuera de plazo no tiene efecto retroactivo, la información y formación preventiva previas al inicio de la actividad a coste nunca imputable al trabajador, y el tratamiento de los datos personales limitado a los fines de la relación laboral.
  • Extinción del contrato — denuncia con quince días de preaviso si el contrato supera el año e indemnización de doce días de salario por año de servicio. Se explica qué ocurre si no se denuncia: prórroga automática hasta la duración máxima si se concertó por menos, y prórroga tácita por tiempo indefinido si se agota la máxima y el trabajador continúa. Incluye la regla de que la incapacidad permanente no extingue automáticamente el contrato.
  • Condiciones particulares, ley aplicable y jurisdicción — espacio para pactos adicionales, legislación laboral española y jurisdicción social competente.
  • Firmas — campos para empleador y trabajador con nombre, cargo, fecha y lugar; comunicación del contenido del contrato al SEPE y entrega de la copia básica a la representación legal dentro de los diez días siguientes, contados en días naturales.

Fácil de adaptar a tus necesidades

La plantilla incluye casillas de verificación para seleccionar la modalidad de contrato y las opciones de jornada. Funciona en Microsoft Word, Google Docs y LibreOffice. Rellena los campos y ajusta el contenido a tu situación.

Formato y extensión

Disponible como archivo Word (.docx) y en formato PDF. 6 páginas, tamaño A4.