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Contrato TRADE (autónomo económicamente dependiente) — Modelo editable
Plantilla de contrato de trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE). Desarrolla el umbral del 75 % de ingresos y las cinco condiciones que deben concurrir simultáneamente, la interrupción anual de dieciocho días hábiles, la extinción con los preavisos e indemnizaciones que las partes deben pactar, la cotización al RETA por ingresos reales y el registro obligatorio del contrato.
- Descarga inmediata tras el pago
- Sin registro — compra como invitado
- Editable en Word, Google Docs y LibreOffice
- IVA incluido en el precio
Los datos de tu tarjeta van directamente a Stripe, nuestro proveedor de pagos. Nunca se guardan en esta web.
Esta plantilla formaliza la relación entre un cliente y un autónomo económicamente dependiente. La condición de TRADE no depende de cómo se titule el contrato: el documento la desarrolla requisito por requisito, con los campos necesarios para acreditar cada uno, porque de ella dependen los derechos que el contrato reconoce.
¿Para quién es esta plantilla?
Está pensada para autónomos que trabajan de forma habitual, personal, directa y predominante para un solo cliente, y para las empresas o particulares que contratan sus servicios.
¿Qué incluye la plantilla?
El contrato está organizado en 11 cláusulas:
- Partes contratantes — datos del cliente y del TRADE (NIF/NIE, afiliación al RETA y alta en el IAE, domicilio profesional y contacto).
- Condición de TRADE — el umbral del setenta y cinco por ciento de los ingresos percibidos de ese cliente, con campos para el porcentaje y el período de referencia, y las cinco condiciones que deben concurrir simultáneamente: no tener trabajadores a cargo ni subcontratar, no ejecutar la actividad de forma indiferenciada con la plantilla del cliente, disponer de infraestructura propia económicamente relevante, aplicar criterios organizativos propios y percibir una contraprestación en función del resultado asumiendo riesgo y ventura. Se detalla la excepción que permite contratar a un único trabajador, quiénes nunca pueden ser TRADE y qué puede hacer el autónomo si el cliente se niega a formalizar el contrato. Cierra con la naturaleza no laboral de la relación —advirtiendo de que la calificación no depende del nombre que las partes le den— y campos para concretar los hechos que sostienen la autonomía.
- Objeto, duración y condiciones de ejecución — descripción de la actividad, entregables esperados y duración indefinida o determinada con fechas; organización libre por el TRADE, dedicación y disponibilidad acordadas, interrupción anual de al menos dieciocho días hábiles, régimen de descanso semanal y festivos, jornada máxima de actividad y el tope del treinta por ciento para la actividad por encima de lo pactado a falta de acuerdo de interés profesional.
- Contraprestación económica y gastos — honorarios mensuales, por proyecto o por hora, periodicidad de facturación y plazo de pago, IVA y retención de IRPF, y gastos a cargo del cliente.
- Extinción — enumeración de las causas y, sobre el preaviso, la advertencia de que la ley no fija un número de días ni para el desistimiento del TRADE ni para la extinción por voluntad justificada del cliente: es el que se estipule o el que resulte de los usos, por lo que el contrato reserva campos para pactarlo. Incluye el régimen de indemnizaciones y los criterios con que se determina la cuantía si no se fija aquí.
- Interrupciones justificadas — causas que no pueden fundamentar la extinción por voluntad del cliente y la estrecha excepción en que sí puede considerarse justificada.
- Cotización al RETA — base determinada por los rendimientos netos anuales dentro de los tramos de las tablas, y la definición más amplia de accidente de trabajo que rige para el TRADE.
- Confidencialidad y protección de datos — información protegida por sus tres condiciones, con el deber subsistente tras la extinción, y tratamiento de los datos limitado a los fines del contrato.
- Registro y forma del contrato — formalización siempre por escrito y registro en la oficina pública correspondiente, con campos para anotar qué parte registra, en qué plazo y con qué justificante, y la presunción de contrato indefinido si no consta por escrito.
- Condiciones particulares, ley aplicable y jurisdicción — Estatuto del trabajo autónomo y acuerdo de interés profesional aplicable; jurisdicción social, con conciliación o mediación previa obligatoria, y espacio para pactos adicionales.
- Firmas — dos ejemplares firmados por el cliente y el TRADE.
Fácil de adaptar a tus necesidades
Las casillas de verificación y los campos editables funcionan en Microsoft Word, Google Docs y LibreOffice. Comprueba las cinco condiciones antes de firmar y no dejes sin pactar los preavisos ni la indemnización.
Formato y extensión
Disponible como archivo Word (.docx) y en formato PDF. 6 páginas, tamaño A4.