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Acuerdo de custodia y régimen de visitas — Modelo descargable
Acuerdo de custodia y régimen de visitas entre progenitores. Incluye patria potestad, tipo de custodia, calendario de visitas y vacaciones, domicilio, viajes al extranjero, contribución a los alimentos de los hijos, los dos incumplimientos que son delito y la aprobación judicial que hace falta para que lo pactado sea exigible.
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Este acuerdo permite a dos progenitores fijar por escrito con quién viven sus hijos, cuándo los ve el otro y quién paga qué. Sirve como pacto entre las partes y como base del convenio que después se somete al juez.
Conviene saber desde el principio qué cambia con la aprobación judicial. Mientras el acuerdo siga siendo privado obliga a los progenitores como cualquier otro pacto, pero no es título ejecutable ni da soporte penal al impago: el delito de impago de la prestación económica exige que el convenio esté judicialmente aprobado o que exista resolución judicial. El documento lo dice donde corresponde, y explica cómo completar ese trámite.
¿Para quién es este acuerdo?
Para padres y madres —casados o no— que organizan la custodia tras una separación y quieren dejar cerrados el calendario, el dinero y las reglas de los viajes antes de que empiecen las discusiones.
¿Qué incluye?
Ocho cláusulas:
- Partes e hijos menores comunes — datos completos de ambos progenitores y de los hijos, con la indicación de cuándo debe oírse al hijo antes de decidir sobre él.
- Custodia y patria potestad — ejercicio conjunto de la patria potestad y qué decisiones exigen el acuerdo de los dos; custodia compartida con periodos alternos, exclusiva o distribuida, con periodicidad, horario del cambio y lugar de intercambio.
- Régimen de visitas y comunicación — fines de semana alternos, días intersemanales, Navidad con su reparto supletorio por años pares e impares, Semana Santa y verano, días especiales y comunicación telefónica y telemática.
- Domicilio, viajes y desplazamientos — domicilio habitual, preaviso de treinta días para cambiarlo y autorización expresa del otro progenitor para salir al extranjero, con destino, fechas y contacto.
- Contribución a los alimentos de los hijos — un acuerdo de custodia que no reparte el dinero está incompleto, y bajo custodia compartida la cuestión es inevitable. Casillas para fijar pensión a cargo de uno u otro o para que cada uno sufrague los gastos de su periodo; importe, actualización por IPC y reparto de los gastos ordinarios y extraordinarios.
- Incumplimiento — las medidas que el juez puede adoptar para asegurar los alimentos y evitar la sustracción del menor, y los dos incumplimientos que son delito: llevarse al hijo sin causa justificada, y dejar de pagar la contribución pactada una vez aprobado el acuerdo por el juez. Se explica también que ninguno de los dos se persigue de oficio.
- Modificación, ley aplicable y tribunal competente — modificación por mutuo acuerdo o por cambio sustancial de circunstancias; varias comunidades tienen derecho civil propio con reglas distintas sobre guarda y custodia, y lo que decide cuál se aplica es la vecindad civil de cada progenitor, no dónde vivan. Incluye espacio para condiciones particulares.
- Firmas — ambos progenitores, con fecha y lugar.
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